Caracas | En la Gaceta Oficial extraordinaria número 6.240, con fecha viernes 15 de julio y que circuló este martes, fue promulgada la Ley que Regula el Uso de la Telefonía Celular y la Internet en el Interior de los Establecimientos Penitenciarios del país, aprobada por unanimidad en la Asamblea Nacional (AN).
El objetivo es prevenir la planificación y comisión de delitos dentro de los recintos penitenciarios. Para ello, esta Ley establece mecanismos y condiciones, como la instalación de equipos, dirigidos a bloquear, anular e inhibir la señal de la telefonía celular, Internet y, en general, todos los servicios de voz y de data en todas las cárceles y centros de procesados judiciales del país, los cuales contarán con un lapso de nueve meses para la adecuación.
Un equipo conjunto conformado por el Ministerio para el Servicio Penitenciario y la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) tendrá a cargo la supervisión periódica del correcto funcionamiento de dichos equipos —señala el instrumento legal—.
El Ejecutivo nacional adquirió, mediante el convenio China-Venezuela, el nuevo Sistema Tecnológico de Seguridad Penitenciaria (Sitesep), cuya primera fase fue inaugurado el pasado 15 de julio por la titular del Ministerio para Servicios Penitenciarios, Iris Varela.
El Sitesep, que cuenta con tecnología de punta en telecomunicaciones y seguridad penitenciaria, permite un monitoreo en tiempo real en todos los penales del país, para responder con inmediatez a las necesidades de la población penitenciaria. Este abarca las 73 cárceles en las que se aplica el nuevo régimen penitenciario, que consiste en la transformación del sistema carcelario en un servicio de atención y formación integral.
La nueva Ley no supone la supresión del derecho de los privados de libertad a comunicarse periódicamente, bajo la debida vigilancia, en cumplimiento con las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos establecida por la Organización de Naciones Unidas (ONU).
En ese sentido, el Ministerio para Servicio Penitenciario instalará teléfonos públicos fijos alámbricos en todos los recintos del país. Los mismos serán programados para reproducir, al principio de cada conversación, un mensaje grabado con el nombre y la ubicación del establecimiento desde donde se origine la llamada.
Las sanciones
Quien incumpla lo establecido en esta Ley e introduzca al interior de una cárcel con régimen penitenciario un teléfono móvil u otro equipo de comunicación será sancionado con prisión, de tres a cinco años de cárcel; y en el caso de que el autor sea funcionario o empleado público también será sancionado con pena de cuatro a seis años.
Y, para aquella persona que altere, dañe u obstruya el funcionamiento de los equipos dirigidos a bloquear, anular e inhibir la señal de la telefonía celular e Internet, la sanción será de cuatro a seis años. La pena aumentará de seis a ocho años si quien participa es un funcionario o empleado público.
Las personas jurídicas que violen la Ley serán sancionadas por Conatel con multa de 2.000 a 3.000 unidades tributarias; en el caso de que reincida en este hecho la multa será de 3.000 a 5.000 unidades tributarias. AVN