CCD.- Petróleos de Venezuela (Pdvsa) deberá cancelar sus bonos 2016, 2017 y los demás que están por vencerse en dólares tal y como lo acordó con sus acreedores, pues el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó abrirle las puertas a la posibilidad a que la empresa estatal los pague en bolívares.
El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa rechazó siquiera revisar el recurso de interpretación del artículo 128 de la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV) que el pasado 19 de octubre interpuso la Corporación XT-46, C.A y con el cual buscaba precisamente que el máximo juzgado dijera si es posible que dichos papeles fueran pagados en moneda nacional, por cuanto la norma cuya interpretación solicitó establece: «Los pagos estipulados en monedas extranjeras se cancelan, salvo convención especial, con la entrega de lo equivalente en moneda de curso legal, al tipo de cambio corriente en el lugar de la fecha de pago”.
En su sentencia 299, la instancia desechó la petición alegando que el accionante «reconoce de alguna manera que comprende el contenido y alcance del aludido artículo 128, cuando expresamente solicita que la Sala determine si Pdvsa puede liberarse de su obligación efectuando el pago de los bonos en bolívares» y que lo que en realidad pretende «no que se interprete la disposición in commento, sino que se le indique si el supuesto de hecho descrito en actas, alusivo a la compra de determinados títulos valores que hiciera a Pdvsa, se puede subsumir en dicho precepto en cuanto a la liquidación de la obligación asumida por quien señala como su deudor».
El recurso de interpretación fue interpuesto días antes de que venciera la tercera prórroga que Pdvsa dio a sus acreedores para que cambiaran los papeles que vencían en este año por otros con mayor duración.
Fuente: El Universal