CCD La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ordenó revisar la política exterior y define límites de la inmunidad parlamentaria, informó el TSJ en su página web.
En una nota de prensa el TSJ informa que esa instancia inicia el proceso de control de la constitucionalidad “frente a las acciones que atentan contra la independencia y la soberanía nacional”.
Agrega que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la nulidad por inconstitucionalidad del acto aprobado por la Asamblea Nacional en fecha 21 de marzo de 2017, denominado: “Acuerdo sobre la Reactivación del Proceso de Aplicación de la Carta Interamericana de la OEA”, y ordena al presidente de la República que ejerza las acciones pertinentes para salvaguardar el orden constitucional, así como también tomar las medidas que considere necesarias para evitar un estado de conmoción.
La Sala Constitucional del TSJ también ordena al Primer Mandatario Nacional que evalúe el comportamiento de las organizaciones internacionales a las cuales pertenece la República, y refirió que “la inmunidad parlamentaria sólo ampara, conforme a lo previsto en el artículo 200 del Texto Fundamental, los actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales (lo que no resulta compatible con la situación actual de desacato en la que se encuentra la Asamblea Nacional) y, en ningún caso, frente a ilícitos constitucionales y penales flagrantes”.
Fuente: La Patilla