CCD | Este jueves, la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, sorprendió a todos al introducir un documento ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para solicitar que se aclare la sentencia 378, que admite la iniciativa del presidente Nicolás Maduro de ejercer la convocatoria a un proceso constituyente sin la necesidad de un referendo consultivo.
Ortega Díaz, en un tono tajante y contundente, aseguró que el proceso Constituyente vulnera todas las formas de participación popular, viola los principios de democracia protagónica y participativa y anula la progresividad de los Derechos Humanos.
A continuación un resumen de los argumentos de la fiscal Luisa Ortega Díaz contra la «constituyente» de Maduro y la decisión del TSJ
1. “Esta sentencia es un retroceso en materia de derechos humanos”.
2. “Es el pueblo que debe participar. En este caso, la participación popular ha sido reducida a su mínima expresión”.
3. “Hemos solicitado la aclaratoria sobre si perdió vigencia la democracia participativa y protagónica y se renovó la vigencia de la democracia representativa, porque de la letra de la sentencia parece que se elimina la democracia participa, lo que le costó mucho al pueblo venezolano”.
4. “Es decir que la decisión emanada de un poder está por encima del pueblo mismo”.
5. “Queremos que se aclare la diferencia entre convocatoria e iniciativa de convocatoria, porque el pueblo tiene menores posibilidades que los poderes constituidos de convocar a un proceso Constituyente”.
6. “Nuestra Constitución establece la progresividad de los DDHH y bajo ninguna circunstancia esos derechos pueden ser desmejorados”.
7. “Este proceso Constituyente vulnera todas las formas de participación popular”.
8. “Nosotros aprobamos la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en un proceso de participación y consulta de todo el pueblo venezolano a través de varios procesos de referendo”.
9. “Quiero leer las palabras de Hugo Chávez en 1999: ‘Convoquemos la soberanía popular para que ejerza su voluntad absoluta, pero, ¿Acaso le tenemos miedo a la soberanía popular? ¿No hablamos de democracia, pues? La soberanía no es nuestra, no es del presidente, no es del Congreso, no es la Corte Suprema de Justicia ni de los Tribunales, el único soberano es el pueblo, no hay otro’”.
10. “Pedimos que se aclare: Si la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo como dice el art. 5 de la Constitución, ¿Cómo se transfirió al poder constituido esa soberanía?”
11. “El pueblo de Venezuela es el único depositario del poder constituyente originario, eso lo establece el principio de la supremacía constitucional”.
12. “Para la seguridad jurídica, para la tranquilidad del pueblo venezolano, que el TSJ aclare estos aspectos”.
Fuente: Nota de Prensa