La División Criminal del Departamento de Justicia de EEUU (DOJ) publicó en abril un documento de orientación para los fiscales de cuello blanco sobre la evaluación de los programas de cumplimiento corporativo.
El documento “La Evaluación de los Programas de Cumplimiento Corporativo” actualiza una versión publicada en febrero de 2017.
La nueva guía cambia el enfoque hacia una mayor “efectividad”, incluyendo la cultura a nivel ejecutivo, el tono corporativo y la capacitación, entre otros.
El documento establece temas relevantes en la evaluación de un programa de cumplimiento corporativo en torno a tres preguntas generales que los fiscales hacen al evaluar los programas:
Primero, ¿el programa está bien diseñado?
Segundo, ¿el programa es implementado efectivamente?
Y, tercero, ¿el programa de cumplimiento realmente funciona en la práctica?
La Parte I del documento analiza la evaluación de riesgos, las políticas y procedimientos, la capacitación, comunicaciones e informes confidenciales, el proceso de investigación, la gestión de terceros y las fusiones.
La Parte II detalla el compromiso de la gerencia superior y media, la autonomía y los recursos, los incentivos y medidas disciplinarias.
Finalmente, la Parte III analiza las métricas del programa, explorando la capacidad para la mejora continua, las pruebas y revisiones periódicas y la investigación de conductas indebidas para su corrección.
Formación para cumplir
Esta guía deja en claro que con simple esquema de cumplimiento o con solo tener una gran cantidad de políticas y procedimientos, no es suficiente.
Si se permite que las líneas de negocios esquiven los controles de cumplimiento, ya no será posible seguir operando.
Los oficiales de cumplimiento deben contar con autoridad, independencia y la última palabra sobre qué riesgos un banco puede mitigar efectivamente.
Si un banco invierte en cumplimiento y cuenta con un programa efectivo en general, cualquier falla que el DOJ encuentre, no terminará en una multa.
Los investigadores y fiscales valorarán y darán crédito por la profundidad y amplitud de las prácticas de cumplimiento efectivas.