La Ley 2/2023, de 20 de febrero, que aborda la protección de las personas que informen o denuncien sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción en España, ha suscitado un debate doctrinal intenso debido a sus ambigüedades y desafíos. Dos de los puntos más controvertidos son la creación de una nueva categoría de investigadores privados y la falta de claridad en las investigaciones internas en las organizaciones. Con información de Legaltoday.
Los auténticos expertos en la investigación privada son los detectives, quienes deberían contar con la autorización para participar en todas las investigaciones internas de una organización, especialmente aquellas relacionadas con el cumplimiento normativo, incluso cuando involucren delitos perseguibles de oficio.
Para cumplir sus objetivos, la Ley introduce nuevas figuras de investigadores privados: el Gestor y el Responsable del Sistema Interno de Comunicación. Sin embargo, estas nuevas funciones plantean interrogantes sobre su legalidad y la falta de regulación en su habilitación para investigar.
En contraste, los detectives profesionales, regulados por la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, cuentan con autorización administrativa y un riguroso control para garantizar la legalidad de sus investigaciones. Sin embargo, su capacidad para investigar delitos perseguibles de oficio es limitada en comparación con los nuevos investigadores de la Ley 2/2023.
Es esencial reformar la Ley 5/2014 para armonizar las competencias de los detectives con las de los nuevos investigadores internos, permitiendo así una colaboración más efectiva en investigaciones derivadas de denuncias a través de Sistemas Internos de Información.
Estas reformas no solo garantizarían la integridad de las organizaciones, sino también actualizarían el marco normativo de la investigación privada en España para adaptarse a las necesidades actuales.