La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) de Perú ha dado un paso significativo en la regulación de los criptoactivos con la emisión de la resolución SBS N° 02648-2024. Esta normativa impone a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) la obligación de implementar un Sistema de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT), alineándose con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Con información de Infolaft.
Regulación para un Sector en Crecimiento
Con esta resolución, Perú se une a otros países de América Latina en la regulación de los criptoactivos, incluyendo a los PSAV dentro del marco legal que obliga a prevenir actividades ilícitas. Este sistema será obligatorio para todas las entidades que operen en el país, ya sean nacionales o sucursales de empresas extranjeras.
La resolución define a los PSAV como personas naturales o jurídicas que realicen actividades como el intercambio de activos virtuales con monedas fiat, la transferencia y custodia de activos virtuales, y la provisión de servicios financieros relacionados con ofertas de emisores. Estos proveedores deberán cumplir con estrictos controles, incluyendo la designación de un oficial de cumplimiento que supervise la implementación del SPLAFT y asegure su funcionamiento efectivo.
Medidas Clave y Cumplimiento Estricto
El SPLAFT establece la necesidad de procedimientos de debida diligencia para conocer a los clientes, beneficiarios finales, empleados y proveedores. Los PSAV también deberán organizar capacitaciones continuas en prevención de LA/FT para su personal y realizar auditorías internas y externas, cuyos resultados serán reportados a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de Perú.
Una de las obligaciones más críticas es la detección y reporte de operaciones sospechosas a la UIF mediante el Sistema Reporte de Operaciones Sospechosas en Línea (ROSEL). Estas operaciones incluyen transacciones que no coincidan con el perfil económico del cliente o que carezcan de una justificación legal clara.
Plazos y Requisitos
La SBS ha establecido un plazo de 120 días para que los PSAV implementen el SPLAFT, tiempo durante el cual deberán asegurarse de que todas las medidas estén en funcionamiento. Además, el oficial de cumplimiento, que debe ser una persona con experiencia en la lucha contra el LA/FT, deberá ser designado con autonomía e independencia, y su nombramiento comunicado a la UIF dentro de los primeros 15 días hábiles.
Un Marco Regulatorio en Evolución
Este esfuerzo por regular el sector de criptoactivos en Perú refleja un compromiso creciente para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Con la implementación de estas medidas, los PSAV en Perú se enfrentarán a un entorno regulatorio más estricto que busca proteger el sistema financiero del país y prevenir el uso indebido de los criptoactivos en actividades ilícitas.
Este nuevo marco normativo subraya la importancia de adaptarse a las mejores prácticas internacionales, garantizando que los PSAV operen dentro de un sistema que minimice los riesgos asociados al lavado de activos y al financiamiento del terrorismo.