El Ministerio Público imputó a Richard Miguel Mardo Mardo (44), por estar presuntamente incurso en los delitos de defraudación tributaria, legitimación de capitales y ocultamiento de datos que debe contener la declaración jurada de patrimonio, pues durante los años 2009 al 2011 habría recibido y cobrado cheques de personas naturales y representantes de empresas de las que se desconoce las actividades que realizan.
El fiscal 10º nacional, Richard Monasterio Marrero, fue el encargado de realizar la imputación de Mardo, quien de esta manera adquiere los derechos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo establecido el Código Orgánico Procesal Penal, que le permiten solicitar y evacuar pruebas y diligencias.
Los delitos por los que se imputó a Mardo están previstos en el Código Orgánico Tributario, la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada vigente para el momento de comisión de los hechos, y Ley Contra la Corrupción, respectivamente.
Conviene recordar que el 25 de junio de 2013, la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, solicitó ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) el enjuiciamiento ordinario del diputado a la Asamblea Nacional por el estado Aragua.
En su exposición ante la máxima instancia judicial del país, Ortega Díaz indicó que las cantidades de dinero recibidas por Mardo no fueron declaradas al Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria, incluso en sus declaraciones al Fisco no aparecen reflejados esos montos.
Posteriormente, en fecha 16 de julio de 2013, el Máximo Tribunal del país acordó la solicitud planteada por la Fiscal General y remitió las actuaciones al Poder Legislativo que, finalmente, despojó a Mardo de su inmunidad parlamentaria.